Se recuerda que el 30 de septiembre de 2024 vence el plazo para realizar el trámite de refrendo de autorizaciones de Agentes Persona Física y de Apoderados de Agentes Persona Moral y no habrá más prórrogas.
Por lo que en caso de encontrarse en el supuesto de aquellas cédulas que debieron refrendarse a partir de la entrada en vigor de la Circular Modificatoria 4/20, inclusive la prórroga otorgada mediante la Circular Modificatoria 9/23, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2020 y el 15 de diciembre de 2023, respectivamente, se recomienda iniciar el trámite con antelación a fin de evitar contratiempos.

v 1.1.2

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